Condiciones de servicio
Artículo 1. Identidad de DIA-Solutions B.V. y sus filiales dir/active B.V. e iARTA B.V.
Dirección de visita
Dirección : Bergweidedijk 2
Código postal/ciudad : 7418 AD Deventer
Teléfono: :+31 85 666 51 79
Dirección de correo electrónico : info@dia-solutions.com
Número de la Cámara de Comercio : 18063613
Número de IVA : NL809488000B01
Artículo 2. Definiciones
En este acuerdo, los siguientes términos se utilizan con una letra mayúscula inicial. Por estos términos se entiende (en orden alfabético):
Departamento: una unidad (independiente) en una Ubicación
Equipo: el equipo en el que o junto con el cual el Software debe ser implementado por DIA-Solutions B.V. y debe funcionar.
Apéndices: apéndices de este acuerdo que, después de haber sido rubricados por ambas partes, forman parte de este acuerdo. Los apéndices contienen las condiciones a las que se refiere este acuerdo.
Ampliación del contrato: una declaración/listado complementario del Software que se pondrá a disposición (y el modelo de precios), Módulos (adicionales) y otros acuerdos.
Documentación: la Documentación que acompaña al Software.
Alojamiento: poner el Software a disposición en un lugar distinto de la Ubicación (ya sea a través de los servidores de Dia-Solutions o a través de los servidores de terceros certificados)
Plan de implementación: el plan que determina cuándo y cómo se instalará, implementará y entregará el Software.
Fecha de entrada en vigor: la fecha que figura en la Oferta o en la Ampliación del Contrato.
Licencia: (derecho de uso) el derecho del Cliente a utilizar el Software (desarrollado por DIA-Solutions B.V.) de acuerdo con las disposiciones de este acuerdo.
Ubicación: la ubicación donde se utilizará e instalará el Software.
Acuerdo marco: el acuerdo inicial.
Materiales: los materiales auxiliares necesarios para el uso y la Implementación del Software, como software, suministros, interfaces, compiladores, etc., que son necesarios para que el Software funcione.
Módulo: (una pieza de) Software independiente con una función específica (a menudo especializada).
Oferta (o confirmación de pedido): la oferta (o confirmación de pedido) emitida por DIA-Solutions B.V. al Cliente, en la que se indica el Software que se pondrá a disposición (y el modelo de precios), los Módulos (adicionales) y otros acuerdos.
Índice de precios: para los clientes holandeses y belgas, se aplica anualmente el índice de precios de la atención médica especializada, publicado por la Autoridad Sanitaria Holandesa (NZa), o el promedio nacional del índice AGORIA (la elección depende del acuerdo en el contrato). Para los clientes de fuera de los Países Bajos y Bélgica, la indexación se aplica de acuerdo con los acuerdos del contrato.
Software (estándar): el software desarrollado por o en nombre de DIA-Solutions B.V. (incluso si ha sido modificado o ampliado en beneficio del Cliente).
Software de sistema: el software operativo independiente con la documentación asociada.
Días laborables: todos los días de oficina (de lunes a viernes), a excepción de los días festivos reconocidos.
Horas de día laborable: las horas de los Días laborables entre las 08.30 y las 17.00.
Artículo 3 Aplicabilidad
Estos términos y condiciones generales se aplican a cada oferta de DIA-Solutions B.V. y a cada acuerdo celebrado entre DIA-Solutions B.V. y el Cliente. Las condiciones generales o específicas utilizadas por el Cliente no son aceptadas por DIA-Solutions B.V. y no se aplican a la oferta y al acuerdo, a menos que se acuerde lo contrario.
Antes de la celebración del acuerdo, el texto de estos términos y condiciones generales se pondrá a disposición del Cliente. Si esto no es razonablemente posible, DIA-Solutions B.V. indicará, antes de la celebración del acuerdo, cómo se pueden consultar los términos y condiciones generales en DIA-Solutions B.V.
Si una o más disposiciones de estos términos y condiciones generales son en cualquier momento total o parcialmente nulas o son anuladas, el acuerdo y estas condiciones permanecerán en vigor en lo demás y la disposición en cuestión será sustituida sin demora, de mutuo acuerdo, por una disposición que se aproxime lo más posible al sentido de la original.
Las situaciones relacionadas con el acuerdo que no estén reguladas en estos términos y condiciones generales deberán evaluarse "en el espíritu" de estos términos y condiciones generales. Las ambigüedades sobre la interpretación o el contenido de una o más disposiciones de estos términos y condiciones generales deberán interpretarse "en el espíritu" de estos términos y condiciones generales.
Artículo 4 (A). Concesión de licencia.
DIA-Solutions B.V. concede al Cliente una Licencia para el Software, incluida la Documentación y los Materiales adjuntos, tal como se menciona en la Oferta, el Acuerdo o la Ampliación del Contrato (adicional).
El alcance/extensión de la Licencia - en lo que respecta a la Ubicación, el número de Departamentos, así como los Módulos cubiertos por la Licencia - así como las consecuencias en caso de exceder dicho alcance, se describe en la oferta inicial, el acuerdo o la ampliación del contrato (adicional).
A menos que el acuerdo establezca expresamente lo contrario, la Licencia incluye el permiso para realizar o hacer que se realicen todas las acciones relacionadas o relacionadas con el uso del Software, todo ello con el único fin del uso óptimo del Software para el que está destinado, siempre que sea en el contexto de las actividades normales del Cliente.
El derecho de uso al que se refiere este artículo no es exclusivo ni transferible ni (sub)licenciable a terceros. El derecho de uso no está vinculado a un equipo o lugar de trabajo específico, siempre que el Cliente utilice el Software exclusivamente para su uso dentro de su organización.
El Cliente tiene derecho - si el Equipo está total o parcialmente fuera de servicio debido a un mal funcionamiento - a utilizar el Software en un Equipo de sustitución, independientemente de dónde se encuentre este Equipo. Este derecho continúa hasta el momento en que se haya subsanado el mal funcionamiento del Equipo y vuelva a ser posible el uso del Software en él.
Artículo 4 (B). Método de puesta a disposición del Software
(o) El Software será instalado por DIA-Solutions B.V. en la Ubicación del Cliente.
(o) El Software será puesto a disposición del Cliente por DIA-Solutions B.V. por medio de Alojamiento. Las condiciones de Alojamiento se pueden solicitar.
Artículo 4 (C). Acuerdo marco
El acuerdo inicial también funciona entre las partes como un acuerdo marco al celebrar un nuevo acuerdo para módulos/extensiones adicionales o nuevas Ubicaciones (departamentos).
La celebración de un nuevo acuerdo para módulos/extensiones adicionales o nuevas Ubicaciones (departamentos) se realiza entonces completando y firmando una ampliación de contrato (nueva/adicional). Las disposiciones y estipulaciones de este acuerdo (marco) se aplican entonces a ese nuevo acuerdo(s), a menos que se desvíen expresamente en el acuerdo.
Al celebrar un nuevo acuerdo para módulos/extensiones adicionales, se aplica - a menos que las partes acuerden expresamente lo contrario - en principio que el período de mantenimiento de todos los Módulos / extensiones - comienza (de nuevo) a partir de la fecha (de entrada en vigor) de la firma del nuevo acuerdo para los Módulos/extensiones adicionales.
Artículo 5. Plan de implementación
Antes de la instalación y la implementación, DIA-Solutions B.V. elaborará un Plan de Implementación.
El Plan de Implementación será firmado por ambas partes. Las desviaciones del plan deben registrarse por escrito.
Las personas de contacto responsables incluidas en el Plan de Implementación están autorizadas a representar y vincular a la parte que las ha nombrado - en el contexto de la ejecución real de este acuerdo - a menos que una de las partes notifique expresamente por escrito a la otra lo contrario en cualquier momento.
La puesta en marcha del Software por parte del Cliente cuenta como entrega, en cuyo caso se considera que el Software ha sido aprobado (incondicionalmente).
Artículo 6. Formación
DIA-Solutions B.V. familiarizará al Cliente y a su personal con el uso del Software. El soporte lo proporcionan expertos competentes y adecuados y, en la medida de lo posible, lo proporcionan aquellos expertos que participan o participaron en la Implementación.
La naturaleza, el alcance y la duración del soporte, así como la naturaleza de los expertos, se indicarán en un Plan de Implementación posterior que se elaborará si es necesario.
Durante la vigencia de este acuerdo, DIA-Solutions B.V. está dispuesta y es capaz de proporcionar formación al personal del Cliente para el uso del Software en condiciones y tarifas razonables que se acordarán en ese momento.
El Cliente se compromete a poner a disposición de DIA-Solutions B.V. personal suficiente y (suficientemente) cualificado en el contexto de la formación y supervisión para la ejecución de este artículo.
El alcance (en personas y duración) y los costes de la formación se describen en la Oferta o en la Ampliación del Contrato (adicional).
Artículo 7. Documentación
DIA-Solutions B.V. proporcionará al Cliente Documentación sobre las propiedades y los usos del Software. La Documentación se entregará simultáneamente con la entrega del Software o se hará accesible digitalmente (ya sea a través del sitio web de DIA-Solutions B.V. o no).
Artículo 8. Mantenimiento y Soporte
DIA-Solutions B.V. mantendrá el Software de acuerdo con las disposiciones de los términos y condiciones generales, el acuerdo y el SLA elaborado por separado.
El mantenimiento (Mantenimiento) comprenderá:
Mantenimiento preventivo: mantener el Software, es decir, tomando las medidas adecuadas, tanto preventivas como correctivas, salvaguardando el Software durante la vigencia de este acuerdo de mantenimiento. A - Mantenimiento correctivo: localizar y rectificar defectos en el Software y la Documentación, después de que hayan sido comunicados por el Cliente. B - Mantenimiento de mejora y desarrollo: poner a disposición versiones mejoradas (Actualizaciones) y renovadas (Upgrades) del Software. C - Soporte: proporcionar asistencia telefónica - o por medios electrónicos (iniciando sesión en los sistemas del Cliente / asistencia remota) - en caso de defectos, así como proporcionar asesoramiento por teléfono (o por correo electrónico u otro canal de comunicación) sobre el uso y el funcionamiento del Software.
El mantenimiento no incluye la realización de especificaciones para o la rectificación de averías en el Software del Sistema, las instalaciones de red, los equipos periféricos o las normativas.
Los trabajos de reparación se llevarán a cabo sin interrupciones y durante el horario laboral normal y los Días laborables y se completarán lo antes posible, de acuerdo con el SLA.
DIA-Solutions B.V. informará al Cliente lo antes posible sobre las versiones mejoradas y renovadas, así como sobre su contenido y consecuencias. Si el Cliente solicita a DIA-Solutions B.V. que instale una nueva versión del software, DIA-Solutions B.V. tiene derecho a cobrar una tarifa por ello a las tarifas aplicables en ese momento.
DIA-Solutions B.V. se reserva el derecho de proporcionar mantenimiento únicamente para la última y la penúltima versión del Software, sin perjuicio de las obligaciones del Cliente en virtud de este acuerdo de mantenimiento.
El Cliente se compromete a mantener su infraestructura técnica a la altura (capacidad) y actualizada (actual).
El SLA incluye los acuerdos de acuerdo con el lugar y la hora de ejecución del mantenimiento, la estructura de informes, así como las tarifas de los servicios adicionales. El SLA es un documento estándar y forma parte del acuerdo y contiene los acuerdos celebrados entre las partes.
Artículo 9. Duración del Acuerdo y Precios
Este acuerdo se celebra a partir de la fecha de entrada en vigor acordada. A falta de una fecha de entrada en vigor, la fecha de firma del contrato, o la puesta en marcha real por parte del Cliente, se aplicará inicialmente como Fecha de Entrada en Vigor.
La Licencia - a la que se refiere el artículo 4 - se concede a partir de la Fecha de Entrada en Vigor, por la duración del acuerdo de mantenimiento (a la que se refiere el apartado 1). La Licencia no puede ser rescindida (provisionalmente) por DIA-Solutions B.V., con sujeción a lo dispuesto en el artículo 16.
El Mantenimiento se celebra a partir de la Fecha de Entrada en Vigor del contrato por el plazo incluido en el contrato y se prorroga por 1 año cada vez que expira dicho plazo, con sujeción a la rescisión a la que se refiere el artículo 16.
El Cliente puede rescindir en cualquier momento, con sujeción a lo dispuesto en el artículo 16.
Como remuneración por la Implementación, la Formación, la Licencia, el Mantenimiento y los demás costes, el Cliente pagará a DIA-Solutions B.V. el importe que se especifica en la Oferta o en la Ampliación del Contrato (adicional) y en el SLA.
Si, debido a deseos adicionales del Cliente, que den lugar a una modificación de los requisitos o de las especificaciones, los servicios que DIA-Solutions B.V. debe prestar en virtud de este acuerdo se hacen más onerosos o amplios, se considerará trabajo adicional que puede ser remunerado. Si DIA-Solutions B.V. opina que hay trabajo adicional, lo notificará al Cliente.
DIA-Solutions B.V., antes de comenzar el trabajo adicional al que se refiere el apartado anterior, emitirá una oferta relativa al alcance del trabajo adicional que DIA-Solutions B.V. espera como resultado de esta modificación y a los costes asociados. DIA-Solutions B.V. no comenzará el trabajo adicional hasta que haya recibido un pedido expreso por escrito del Cliente. Las disposiciones de este contrato se aplican al trabajo adicional que debe realizar DIA-Solutions B.V. DIA-Solutions B.V. no tiene derecho a establecer condiciones adicionales o más onerosas al emitir la oferta.
Los precios y tarifas acordados - a excepción de una(s) tasa(s) de licencia única(s) - se ajustarán una vez al año - por primera vez el 1 de enero siguiente al año de la firma de este acuerdo - con el índice de precios de las tarifas de la atención médica especializada de la Autoridad Sanitaria Holandesa, https://www.nza.nl/onderwerpen/prijsindexcijfers.
En la medida en que DIA-Solutions B.V. esté obligada a cobrar el impuesto sobre el volumen de negocios, los importes indicados en este acuerdo se incrementarán en el porcentaje del impuesto sobre el volumen de negocios aplicable al servicio en el momento en que se realice el trabajo. Todos los precios y tarifas se fijan en euros.
Artículo 10. Pago(s)
DIA-Solutions B.V. cobrará la(s) tasa(s) que debe pagar al Cliente en el momento de la entrega de la licencia de software al Cliente o de la ejecución de los servicios, tal como se incluye en la Oferta o en la Ampliación del Contrato (adicional).
El trabajo adicional será facturado por separado por DIA-Solutions B.V. una vez finalizado el trabajo. La naturaleza y el alcance del trabajo adicional realizado se indicarán y especificarán expresamente en la factura.
Los importes de mantenimiento (anuales) y las licencias SaaS se facturan sobre la base de la fecha del contrato. DIA-Solutions B.V. enviará las facturas al Cliente indicando la fecha, el número de proyecto y otros datos que el Cliente le haya comunicado por escrito.
El Cliente pagará los importes que adeude en virtud de este acuerdo a DIA-Solutions B.V. en un plazo máximo de 30 días naturales a partir de la recepción de la factura, de conformidad con la legislación holandesa (ley de plazos de pago), sin derecho a descuento, liquidación y/o suspensión. Solo se permiten desviaciones si se acuerdan por escrito y no en detrimento del proveedor.
De conformidad con la legislación belga sobre contratación pública (Real Decreto de 14 de enero de 2023), se aplica un plazo de pago de 30 días naturales. Las desviaciones deben incluirse expresa y motivadamente en las especificaciones y no pueden ser manifiestamente injustas.
Artículo 11. Derechos de propiedad intelectual
Sin perjuicio de las facultades concedidas al Cliente en este acuerdo, todos los derechos de propiedad intelectual que puedan ejercerse con respecto al Software corresponden a DIA-Solutions B.V.
Si existe una diferencia de opinión entre las partes sobre la propiedad de los materiales, el Software o la Documentación o los derechos de propiedad intelectual de los mismos, se presume que esta propiedad corresponde a DIA-Solutions B.V. hasta que el Cliente aporte pruebas en contrario.
DIA-Solutions B.V. indemniza al Cliente frente a reclamaciones de terceros con respecto a (cualquier) infracción de los derechos de propiedad intelectual de terceros, los denominados derechos de la personalidad, así como reclamaciones con respecto a los conocimientos técnicos, la competencia desleal y similares.
Artículo 12. Confidencialidad y seguridad
Sin perjuicio de los derechos concedidos al Cliente en este acuerdo, ambas partes observarán una estricta confidencialidad con respecto a la información sobre la organización de la otra, el funcionamiento del equipo, los archivos y el Software. Salvo con el consentimiento previo por escrito de la otra parte, cada una de las partes no pondrá a disposición de terceros la información y los soportes de datos de los que disponga fuera del ámbito de lo permitido en este acuerdo y solo los revelará a su personal y, en la medida en que lo permita este acuerdo, a los terceros pertinentes, en la medida en que sea necesario para la prestación de los servicios acordados. Las partes obligarán a su personal a cumplir estas disposiciones de confidencialidad.
El personal de DIA-Solutions B.V. que participe en la ejecución del trabajo, en la medida en que se realice en las instalaciones del Cliente, está obligado a observar los procedimientos de seguridad mantenidos por el Cliente.
Ninguna de las partes mencionará este acuerdo en publicaciones o anuncios sin el consentimiento por escrito de la otra parte.
Artículo 13. Seguro
DIA-Solutions B.V. ha contratado y mantendrá un seguro adecuado para, al menos, el riesgo de responsabilidad legal, hasta un máximo de 1 (en palabras: un) millón de euros;
El Cliente podrá inspeccionar esta(s) póliza(s) si lo solicita.
DIA-Solutions B.V. se compromete, inmediatamente después de ser considerado responsable por el Cliente, a ceder al Cliente, a la primera solicitud, todas las reclamaciones relativas al pago de las indemnizaciones del seguro. DIA-Solutions B.V. se compromete a notificar a la aseguradora mencionada esta cesión, sin perjuicio del derecho del Cliente a notificarlo a esta aseguradora. Las indemnizaciones del seguro que la(s) compañía(s) de seguros pague(n) directamente al Cliente se deducirán de la indemnización que DIA-Solutions B.V. deba pagar al Cliente por el siniestro asegurado.
Artículo 14. Cesión de derechos y obligaciones, en régimen de asunción
Las partes no tienen derecho a ceder los derechos y obligaciones derivados de este acuerdo a un tercero sin el consentimiento expreso por escrito de la otra parte. Este consentimiento no se denegará sin motivos razonables. La parte que concede el consentimiento tiene, sin embargo, derecho a supeditar la concesión de este consentimiento a condiciones.
Si DIA-Solutions B.V. desea utilizar los servicios de terceros en la ejecución de este acuerdo, ya sea en régimen de subasunción o mediante la contratación temporal de personal, solo estará autorizada a hacerlo previa obtención del consentimiento por escrito del Cliente, consentimiento que no se denegará sin motivos razonables. Al conceder la aprobación a la que se refiere este apartado, el Cliente tiene derecho a supeditar la aprobación a condiciones o a limitarla en el tiempo.
El consentimiento otorgado por el Cliente para la subasunción de trabajos por parte de terceros hace que DIA-Solutions B.V. sea responsable y esté obligada al cumplimiento de las obligaciones en materia de legislación fiscal y de seguridad social.
Artículo 15. Fuerza mayor
Si una de las partes no puede cumplir o incumple sus obligaciones en virtud de este acuerdo durante un período de más de 90 días como resultado de fuerza mayor, la otra parte tiene derecho a resolver el acuerdo extrajudicialmente mediante carta certificada con efecto inmediato, sin que de ello se derive ningún derecho a indemnización.
Artículo 16. Disolución y rescisión
Además de lo dispuesto en otras partes de este acuerdo:
A. cada una de las partes tiene derecho a resolver este acuerdo extrajudicialmente mediante carta certificada si la otra parte - tras un recordatorio por escrito en el que se fije un plazo razonable - sigue incumpliendo sus obligaciones en virtud de este acuerdo.
B. cada una de las partes tiene derecho, sin que se requiera ningún recordatorio o notificación de incumplimiento, a resolver el acuerdo extrajudicialmente mediante carta certificada si la otra parte:
• Solicita una moratoria de pagos o se le concede una moratoria de pagos;
• Solicita su quiebra o es declarada en quiebra;
• Se liquida su empresa;
• Cesa su empresa actual;
• De otro modo, ya no se considera capaz de cumplir las obligaciones derivadas de este acuerdo.
Si este acuerdo es resuelto por el Cliente por los motivos del artículo anterior, el Cliente tiene derecho a seguir utilizando el Software.
Cada una de las partes podrá - tras la expiración de cualquier plazo fijo - rescindir el mantenimiento al final de cada año natural, con un preaviso de 3 (en palabras: tres) meses.
Las obligaciones que por su naturaleza están destinadas a continuar después de la terminación de este acuerdo seguirán existiendo después de la terminación de este acuerdo. Estas obligaciones incluyen, entre otras: la indemnización por infracción de los derechos de propiedad intelectual, la confidencialidad, la cesión de las indemnizaciones del seguro, la resolución de disputas, la legislación aplicable y la elección de domicilio.
A la terminación del acuerdo, todos los importes pendientes serán inmediatamente exigibles.
Artículo 17. Responsabilidad e indemnización
Si una de las partes incumple una o más de sus obligaciones en virtud de este acuerdo, la otra parte le notificará el incumplimiento, a menos que el cumplimiento de las obligaciones pertinentes ya sea permanentemente imposible, o que las partes hayan acordado expresamente lo contrario a este respecto, en cuyo caso la parte negligente incurrirá inmediatamente en incumplimiento.
La notificación de incumplimiento se hará por escrito, por la que se concederá a la parte negligente un plazo razonable para cumplir sus obligaciones. Este plazo tiene (solo) el carácter de un plazo estricto.
La parte que incumpla culpablemente su(s) obligación(es) es responsable ante la otra parte de la indemnización de los daños directos sufridos o que sufra la otra parte.
La responsabilidad por daños directos a la que se refiere el apartado 3 se limita, por suceso, a un importe máximo de 100.000 € (en palabras: cien mil euros). Por daño directo se entiende:
Daños al Software y a los equipos y archivos de datos, que en cualquier caso incluyen: daños materiales, funcionamiento defectuoso o nulo, fiabilidad reducida y mayor susceptibilidad a las averías;
Daños a otros bienes del Cliente y/o de terceros;
Costes de las modificaciones y/o cambios necesarios en los equipos, el Software, las especificaciones, los materiales o la Documentación, realizados para limitar o reparar los daños.
Los costes de las provisiones de emergencia, como el traslado a otros sistemas informáticos o la contratación de terceros;. DIA-Solutions B.V. no es responsable de otros daños - incluidos expresamente los daños consecuentes - todo ello en el sentido más amplio de la palabra.
En ningún caso la responsabilidad de DIA-Solutions B.V. se extenderá más allá del importe de las cantidades pagadas por el Cliente a DIA-Solutions B.V. en virtud de este acuerdo. En ningún caso la responsabilidad de DIA-Solutions B.V. se extenderá más allá del importe por el que su seguro ofrezca cobertura y pague.
El Cliente indemniza a DIA-Solutions B.V. frente a todos los daños que DIA-Solutions B.V. pueda sufrir como resultado de reclamaciones de terceros relacionadas con los bienes o servicios entregados por DIA-Solutions B.V. al Cliente.
Artículo 18. Controversias, legislación aplicable y elección de domicilio
Este acuerdo se rige por la legislación holandesa.
En caso de controversia, las partes intentarán primero resolverla de mutuo acuerdo.
Cualquier controversia entre las partes con respecto a este acuerdo será (entonces) sometida exclusivamente al tribunal competente del distrito donde DIA-Solutions B.V. tenga su oficina (principal), a menos que las partes acuerden un arbitraje o un dictamen vinculante.
En el caso de que un Cliente esté establecido en Bélgica (véase en "el abajo firmante"), el tribunal de primera instancia belga de Amberes, división de Turnhout, tiene competencia exclusiva, a menos que las partes acuerden un arbitraje o un dictamen vinculante.
Artículo 19. General
A menos que se indique lo contrario o sea contrario a estas condiciones, se aplican las condiciones de pago de DIA-Solutions B.V. acordadas en el acuerdo.
Las notificaciones que las partes se hagan entre sí sobre la base de los términos y condiciones generales se harán por escrito.
Las comunicaciones orales, las promesas, las modificaciones de este acuerdo u otros acuerdos no tienen fuerza legal a menos que se hayan confirmado por escrito.
El hecho de que una de las partes no exija el cumplimiento de alguna disposición en un plazo mencionado en el acuerdo no afecta al derecho a exigir el cumplimiento, a menos que la parte en cuestión haya aceptado expresamente por escrito el incumplimiento.
Durante la vigencia de este acuerdo - así como en un plazo de 2 años después de su terminación - las partes no emplearán, sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte, a (un) empleado(s) de esta otra parte, ni los harán trabajar para ellas de otro modo.
Artículo 20. Divulgación.
Todos los puntos en los que se produzca una desviación de lo anterior se incluyen en la divulgación firmada y rubricada por ambas partes.
